MAGNICHARTERS, EL EMBARGO DE UNA LEYENDA

La Famosa Marca del Caribe Mexicano, en el Centro de una Disputa Laboral  


Por Alberto Barrios

Una simple demanda laboral por despido injustificado en contra de la aerolínea Magnicharters, propiedad de los hermanos Bojorquez, ha escalado por desidia jurídica del cuerpo de abogados de la empresa hasta culminar en el embargo de las marcas del famoso corporativo que engloba lo mismo a la famosa línea aérea, que una empresa de transporte terrestre y una línea aérea, no solamente una de las pioneras en el concepto de bajo costo, sino en la historia de los negocios turísticos en el Caribe mexicano. Fundada en 1984 en sociedad por los hermanos Augusto, Gabriel, José y Luis Bojorquez Maza –éste último Presidente del consorcio-, la historia de Magnicharters forma parte de la leyenda de los negocios del Caribe mexicano asociada al célebre apellido Bojorquez. Es conocido que fue por esos años cuando los hermanos Bojorquez constituyeron primero Magnitur, una agencia de viajes mayorista, impulsados por el incipiente éxito de la agencia familiar Viajes Bojorquez –de Don Alberto Bojorquez-, que trasladaba turistas vía terrestre del Distrito Federal hacia el aún más incipiente destino turístico apenas conocido como Cancún, que fue el punto de partida para la venta de paquetes turísticos que con el paso del tiempo se amplió para abarcar otros destinos en el país, como Vallarta, Monterrey y Huatulco. Diez años después de sus inicios en los tours terrestres, los hermanos Bojorquez fueron de la mano con el boom de los charters aéreos que se catapultaron con el inicio de cielos abiertos en el marco del Tratado de Libre Comercio –TLC- con Estados Unidos, asociados con firmas como Latur, de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA), Airbus y Aerocancún. Con su experiencia, visión empresarial y entusiasmo, ellos se encargaban de llenar algunos de los charters que comenzaron a aterrizar en Cancún con turistas nacionales; ante el éxito, junto con sus socios aéreos, empezaron a traer también vía charters turistas de otros países hasta que surgieron problemas de operación y compatibilidad con algunas líneas aéreas extranjeras. Fue entonces que constituyeron, en 1994, la aerolínea Magnicharters -Grupo Aéreo Monterrey SA de CV- , tan solo con un avión rentado, un Boing 737-200, de 124 plazas. Fueron épocas con los sinsabores propios del triunfo, puesto que enfrentaron a la poderosa maquinaria aeronáutica nacional, con sus dos líneas aéreas, protegida por intereses gubernamentales, aunque también contaron con el respaldo de funcionarios y empresarios de la industria aeronáutica. Magnicharters, ya con 10 aeronaves con base en la ciudad de México, se posicionó como una línea aérea turística en los más importantes destinos de playa, aliada con agencias de viajes y hoteleros, ofreciendo atractivos paquetes que incluyen hospedaje, transporte aéreo, terrestre y desayunos: Cancún, Huatulco, Puerto Vallarta, Ixtapa, Los Cabos y Manzanillo y en Mérida, Monterrey y Guadalajara. Incluso llegó a volar a Cuba en el corolario de sus éxitos comerciales. Como parte de sus alianzas con las agencias de viajes, son famosos los viajes de familiarización –o Fam trips- que Magnicharters realiza cada año en el Caribe Mexicano con sus más importantes aliados. La empresa ha sorteado dificultades generadas por el incremento en las turbosinas, la aparición y competencia de otras líneas aéreas de bajo costo que han sido subsidiadas por el gobierno federal, la suspensión de algunos de sus vuelos por no ofrecer “garantías suficientes de seguridad para sus usuarios”, problemas de liquidez que le han obligado a cerrar por ejemplo la base de Guadalajara y hasta la enfermedad que ha tenido que enfrentar uno de los hermanos, Augusto Bojorquez, quien durante años ha sido el rostro amable y emblemático de Magnicharters en el Caribe mexicano, un hombre orgulloso de su empresa aérea a la que califica como “buena, bonita y barata2. De hecho, recientemente el propio Augusto Bojorquez ha anunciado la incursión de Magnicharters en Las Vegas “con muy buenos resultados” y ha asegurado que este año, 2012, las operaciones nacionales podrían incrementarse hasta un 20 por ciento”, para lo cual ha arrendado 2 aviones más para operar un total de 12 aviones unidades. Pero en agosto de 2005 un empleado de nombre Luis Octavio Salazar Rivera los demandó por despido injustificado, como uno de tantos procesos laborales que se registran en el Caribe Mexicano. Sin darle mayor importancia, los abogados de Magnicharters dejaron correr el juicio laboral advirtiéndoles incluso a los abogados que representaban al trabajador que si las autoridades laborales les daban la razón podrían “cobrarse de los cochinitos y lo que encontraran”. En siete años de litigio ante la Junta Federal Especial de Conciliación y Arbitraje número 56, la demanda alcanzó un monto superior a los 3 millones de pesos y las autoridades laborales le otorgaron la razón a los abogados que representaban los intereses del trabajador, con una singularidad: Miguel Angel Peña Pérez, de la firma Peña Abogados & Asociados y Hugo Alday Nieto del despacho ALHEN Abogados®, son especialistas en derecho laboral y en propiedad intelectual, respectivamente, por lo cual de forma conjunta encauzaron sus baterías legales en contra de las marcas de la empresa. Finalmente, tras un largo, complicado y novedoso procedimiento jurídico en el expediente 215/2005 ante la autoridad laboral federal, los abogados lograron el 5 de julio de este 2012, que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial declare como embargadas marcas y avisos comerciales asociadas con la empresa Magnitur, S.A de C.V., entre las cuales están Magnicharters, Magnitur, Magnibus, Vip Magnicharters, Magni Viajes, Magni la aerolínea Turística de México y Magni México. “Después de años que hemos estado cabildeando el tema de esta demanda laboral con los abogados de Magnicharters para solucionarlo en buenos términos sin obtener respuestas satisfactorias,” explica Hugo Alday, uno de los abogados de ALHEN Abogados®,“ ahora que han conocido la resolución del Instituto Mexicano de Propiedad Intelectual “ellos son los que nos están buscando para ofrecerle a nuestro representado bienes como camionetas de la empresa, pero ya les hemos puntualizado que solo será solucionado con un finiquito monetario”. Las implicaciones legales del embargo de las marcas comerciales asociadas a Magnitur son simples: a partir del momento jurídico en que el IMPI las declaró embargadas todo movimiento comercial realizado a su amparo tendrá como beneficiario económico a Luis Octavio Salazar Rivera, un empleado que nunca se imaginó que podría verse agraciado con los dividendos asociados a una de las más importantes marcas comerciales del Caribe Mexicano: Magnichartes.

  DATOS DEL JUICIO
  Luis Octavio Salazar Rivera, quien trabajo y fue empleado siete años de MAGNICHARTERS, hasta el pasado primero de agosto del dos mil cinco, fecha en que fue despedido por su jefe el C. JUAN CARLOS RAMIREZ PEÑALOZA, en tiempo y forma promovió un juicio laboral ante la Junta Federal número 56 de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Cancún, mismo procedimiento que quedo radicado bajo el numero 215/2005, en la demanda presentada por el trabajador en contra de MAGNITUR, S.A. DE C.V.; MAGNICUN, S.A. DE C.V.: MAGNIBUS, S.A. DE C.V quienes son los propietarios de los nombres MAGNICHARTERS, MAGNICUN, MAGNIBUS y MAGNITOURS respectivamente, se hicieron ver y acreditaron todas y cada una de las condiciones de trabajo en las cuales se desempeñaba hasta antes de ser despedido, no obstante y de la intervención de la autoridad del trabajo de tratar de conciliar el juicio laboral para evitar desgaste entre las partes, desde el inicio por parte de los demandados y de la prepotencia con que se caracterizan jamás hicieron el intento de mediar el juicio, tan es así que se llevo en todas y cada una de sus etapas el procedimiento y después de cuatro amparos promovidos ante el Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito finalmente es que salieron condenados todos y cada uno de los demandados antes mencionados. Al ser condenados todos y cada uno de los demandados y en cumplimiento a las sentencias emitidas por el Tribunal Colegiado de Circuito, se emitieron nuevos laudos el primero de ellos el cuatro de enero de este año, mismo que les fue notificado en tiempo, pero por no estar apegado a lo que se ordeno por el Tribunal Colegiado se solicito la aclaración del mismo y se emitió otro laudo de fecha catorce de Marzo del presente año, de igual forma notificándolo a la parte demandada, no obstante de que se emitieron las laudos en cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Colegiado de Circuito los demandados se volvieron a amparar, mismo amparo que de plano les fue desechado pues el criterio establecido por el Tribunal señalo que al haberse estudiado el amparo en repetidas ocasiones ya se había pronunciado al respecto. Ante tal se solicito el proceso de ejecución correspondiente para el pago de las prestaciones que por derecho le corresponden al trabajador y con fecha 17 de abril del año en curso la Junta Federal número 56 de Conciliación y Arbitraje en esta Ciudad emite el Auto de ejecución correspondientes hasta por $3,366,481.50 pesos más los salarios caídos que se sigan generando hasta el total cumplimiento del mismo. Con fecha 30 de abril del año en curso el trabajador Luis Octavio Salazar Rivera en compañía de su abogado Miguel Ángel Peña Pérez y la actuaria adscrita a la Junta Federal antes señalada la Lic. Nery A. Pereda Sánchez, acudieron al domicilio de los demandados para solicitar el pago de la cantidad antes señalada, siendo recibidos por la C. Nora Elena García García, persona que señalo que los demandados ya no tienen su domicilio ahí ese domicilio pertenece a una persona moral denominada TURIBAN, S.A. DE C.V. y que el domicilio de los demandados se encontraba en otra parte, ante tal negativa y como lo establece la ley Federal del Trabajo da la oportunidad de que el trabajador señale otro domicilio en donde pueda cobrar su laudo, le señalo a la actuaria de la Junta Federal se trasladara a las Instalaciones del Aeropuerto Internacional de Cancún, lugar en donde tiene propiedades muebles e inmuebles los demandados, pero fue en vano dicha ejecución por que los demandados contaron en todo momento y hasta el día de hoy de la protección de la Capitanía de la Dirección General Aeronáutica y de la Administración del Aeropuerto de Cancún pues no obstante de que se acudió con oficios emitidos por una autoridad y con el apoyo de la Policía Federal, el Comandante encargado de la Dirección General Aeronáutica de esta Ciudad negó el acceso. Ante tal negativa y de que los demandados están haciendo actos para desaparecer y no cumplir con sus obligaciones laborales, como se acredito con que en el domicilio de la fuente de trabajo ya aparece otra razón social como se lo exhibieron a la actuaria de la Junta Federal y de la negativa del acceso al Aeropuerto Internacional de Cancun, se continuo con la diligencia de ejecución y para tal efecto se embargaron algunas de las cuentas bancarias de los demandados, pero como lo embargado no es suficiente para el pago de lo condenado y de los salarios caídos que se siguen generando y al ser MAGNICHARTERS un nombre comercial propiedad de uno de los condenados en el juicio laboral MAGNITUR, S.A. DE C.V. se procedió al embargo del mismo. Al día de hoy los demandados están haciendo varios actos de evitar el pago del Laudo a favor del trabajador, pues no obstante de que este está en la disposición de platicar y llegar a un arreglo con los demandados no lo toman así y por tal razón se continuara con el juicio laboral e inclusive con el remate de dicho nombre comercial.

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