CONSTITUCIONAL LA REFORMA POR LA VIDA EN QUINTANA ROO: INGRID TAPIA




La Reforma al Artículo 13 de la Constitución en el Estado, para establecer la defensa de la vida desde el momento de la concepción está apegada plenamente a derecho.

El aborto no es un derecho, es un delito, salvo las excepciones que marca la ley, aclara Ingrid Tapia, especialista en derecho constitucional.

Es la primera vez que las entidades federativas reaccionan a un fallo de la autoridad judicial.

Organizaciones civiles expresan su respaldo al proyecto legislativo a favor de la vida y la dignidad humana.

Cancún, Q. Roo.- El Congreso de Quintana Roo tiene pleno derecho y soberanía para elevar a rango de Constitución Local la defensa de la vida desde la concepción y hasta la muerte natural, y ello no contraviene ni a la Constitución Federal ni a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estableció la abogada y experta en derecho constitucional, Ingrid Tapia.

Quienes plantean, desde un discurso feminista, que la reforma al Artículo 13 violenta derechos de la mujer, no sólo ignoran principios fundamentales de la ley, sino que además no tienen como propósito de sus acciones una verdadera defensa jurídica de los intereses de la mujer de Quintana Roo, dijo la abogada y subrayó que bajo ninguna perspectiva, pero menos jurídica, la despenalización del aborto conlleva una protección social a las mujeres.

Dijo que la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre la despenalización del aborto antes de las 12 semanas de gestación en el Distrito Federal, no obliga su observancia en el resto del país, por el contrario deja claro que la cancelación del embarazo sigue siendo un delito a nivel federal y local, salvo las excepciones que marca la ley en cada entidad.

Jurídicamente, subrayó, no es posible que le recriminen a una entidad federativa que en el uso de su soberanía modifique su Constitución y ordene el orden local, pues con ello no está invadiendo ninguna esfera legal.

Tapia acompañó al Centro de Estudios y Formación Integral de la Mujer (CEFIM), A.C., y a otras organizaciones civiles como Abrazando la Vida, El Hogar de la Mujer, Oasis del Anciano Desamparado, Fundación Ciudad de la Alegría, que ofrecieron una conferencia de prensa para respaldar la iniciativa que este jueves se discutirá en el Congreso local y que busca proteger la vida desde el momento de la Concepción.

Durante el acto de respaldo a la reforma constitución del Artículo 13, Patricia López Mancera, presidenta de CEFIM, expresó que nuestros legisladores quintanarroenses deben votar a favor de la vida porque la sociedad coincide con el respeto a la vida y a los derechos de las mujeres, pero sobre todo, en la necesidad de proteger a quienes no pueden protegerse a sí mismos, como son los niños y niñas que están en el vientre materno.

Al respecto, Ingrid Tapia expuso que “en Quintana Roo no se está discutiendo si habrá o no aborto”, pues la reforma establece un coto a la despenalización total de la cancelación del embarazo, pero se mantienen “intocadas” las excepciones que establece la ley.

Sin embargo, abundó, se pretende desviar el sentido de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y afirmar que con base en el fallo de 2008 el aborto ya es un derecho en todo el país; eso es totalmente una falacia, la cancelación del embarazo definitivamente no es un derecho, es un delito.

Precisó que la Corte declaró constitucional el que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal haya despenalizado la cancelación del embarazo hasta las doce semanas de gestación, de tal manera que un delito no puede ser un derecho. “La mujer no tiene derecho de abortar, la mujer tiene derecho de que no se le castigue si, en el caso del DF, comete el delito de aborto durante las primeras 12 semanas, lo cual es jurídicamente muy distinto”.

Además, mencionó que el sistema jurídico mexicano mantiene en Quintana Roo y en todos los estados de la República las exclusiones de ley. Es decir, la vida se ha protegido sin más límites que los que históricamente ha tenido el país, por lo que un embarazo puede ser cancelado en caso de violación, malformación congénita o cuando la vida de la madre está en riesgo.

En un segmento de la población existe la falsa creencia de que antes estaban penados todos los abortos y ahora, con la resolución de Corte respecto a la despenalización aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, no están penados los abortos.

Eso no es cierto, siempre hubo un régimen donde en caso de violación, de peligro para la madre, etc. estuvo permitido despenalizado, pero dado que hay un bien de superior jerárquico y dado que no hubo consentimiento ni libertad en el ayuntamiento sexual etc. no había pena; en México nunca ha habido penalización absoluta del aborto y no estamos discutiendo, ni discutimos ni se discutirá en ninguna entidad federativa si se lleva esto a las entidades, caso de aborto sí o no”.

Por ello, en conferencia de prensa, Ingrid Tapia hizo votos porque la SCJN se abstenga de intervenir en la soberanía de los estados que han decidido elevar a rango constitucional local la protección del concebido.

No se viola ningún precepto constitucional, si los Estados de la República, en pleno ejercicio de su soberanía, deciden reformar sus constituciones para establecer de manera explícita el derecho a la vida desde la concepción.

Con ello, precisó, las entidades federativas impiden automáticamente que el Código Penal local, que es jerárquicamente inferior a la Constitución local, pueda contravenir lo que dice la Carta Magna.

Nadie, ni la Suprema Corte, puede desconocer este acto soberano, de proteger expresamente la vida en la Constitución local, de lo contrario, no habría federación.

Finalmente Ingrid Tapia dijo que los Estados de la República que han establecido en sus Constituciones la defensa expresa de la vida, desde la concepción, han actuado constitucionalmente, no violentan de ninguna manera el Estado de Derecho, simple y sencillamente actúan en concordancia con la resolución de la Suprema Corte, que es el derecho soberano de los Congresos de los Estados de, expresamente establecer la protección de la vida desde el desarrollo primario del ser humano.

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